La Corte sostiene el beneficio de justicia gratuita para los consumidores según la Ley de Defensa del Consumidor
Ratificó que cuando un consumidor es vencido en juicio no debe pagar costas. La situación en la provincia de Córdoba.
Ratificó que cuando un consumidor es vencido en juicio no debe pagar costas. La situación en la provincia de Córdoba.
Débitos automáticos extraños, adhesiones a programas de beneficios no solicitadas, falta de respuesta de la empresa, incumplimientos de acuerdos: cuando la sorpresa es un cargo indebido.
La promesa de un departamento en “Ciudad GAMA” se convirtió en una larga serie de incumplimientos y controversias. El Tribunal aplicó una sanción ejemplificadora: el máximo posible según la ley vigente.
JUZGADO 1A INST CIV COM 1A NOM
Protocolo de Sentencias
Nº Resolución: 168
Año: 2022 Tomo: 4 Folio: 1062-1090
Se la condenó al pago de una fuerte sanción a favor de la consumidora afectada. La importancia de acudir a la justicia cuando todo lo demás falla.
EXPEDIENTE SAC: 11909022 – SCARLATO, FABIO EDUARDO C/ CREDITOS AL RIO S.A. – ABREVIADO – OTROS – TRAM.ORAL
Véase apartado “Proveyendo a la cautelar solicitada”
EXPEDIENTE SAC: 11909022 – SCARLATO, FABIO EDUARDO C/ CREDITOS AL RIO S.A. – ABREVIADO – OTROS – TRAM.ORAL
PROTOCOLO DE SENTENCIAS. NÚMERO: 71 DEL 07/05/2024
JUZGADO 1A INST CIV COM 41A NOM
Protocolo de Sentencias
Nº Resolución: 71
Año: 2024 Tomo: 2 Folio: 382-398